Se publica sentencia, mediante la cual SE DECLARA CULPABLE al acusado EDWIN JOSÉ SILVA RIVAS, plenamente identificado en autos, en consecuencia se le CONDENA de conformidad con lo previsto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, a cumplir la pena de: OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por ser autor material del delito de: TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el Artículo 83 del Código Penal en perjuicio de la colectividad.