En el presente caso, se constata que la ciudadana Iris Vargas, actuando en su condición de Presidenta (E) de la Fundación Asilo San Martín de Porres, tal como se desprende del decreto antes mencionado cursante a los folios 61 y 62 del presente expediente, asistida por la abogada Juhuliet Houtmann Rueda, inpreabogado N° 94.948, desiste del recurso de apelación ejercido mediante diligencia que corre inserta al folio 60 del expediente.
Hechas las anteriores consideraciones, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN al desistimiento del recurso de apelación ejercido por la parte demandada. Y así se declara.