En consecuencia este Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, considerando que la presente conciliación cubre la exigencias del Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, administrando, justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos: Carolina del Valle Acevedo Prado y Luis Ramón Carrera Martínez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V.- 10.872.662 y V-5.902.828, respectivamente; domiciliada la Primera en calle principal s/n de Barceló de Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre, y el Segundo domiciliado en la vía Nacional, Sector Barceló, Jurisdicción, Municipio Cajigal del Estado Sucre; Da carácter de Cosa Juzgada, y ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada del presente f.....