Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Con lugar la demanda; en consecuencia se ordena a la demandada Sociedad Mercantil TOYO SERVICIO LA 42, C.A a pagar al actor por prestaciones la cantidad de Bs. 22.471,54, por concepto de prestación de antigüedad; vacaciones y bono vacacional vencidos y fraccionados y utilidades vencidas y fraccionadas más la indexación judicial que deberá cuantificar el Juez que le corresponda la ejecución una vez que esta decisión se encuentre definitivamente firme.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la demandada por el vencimiento total de conformidad con el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.