Se CONFIRMO la sentencia dictada en fecha 25 de marzo de 2003 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo, Estabilidad Laboral y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes que declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos CARLOS DANIEL FARFAN TORRES y GUSTAVO ANTONIO AGUILAR, asistidos por las abogadas ELIZABETH DELIGIANNIS y MARILYN MUJICA, en contra de la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE PREVENCIÓN, C. A. (VEPRECA)