Este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 1, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley: CONDENO al ciudadano LUIS ÁNGEL BARRADAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.866.993, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 26/05/83, de profesión u oficio: Comerciante, residenciado en el Barrio Ruiz Pineda 2, Vereda 10, Avenida Principal , casa S/N, de color verde con anaranjado, teléfono 0251-2668029, frente a la única cancha del sector, Barquisimeto Estado Lara; a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las penas accesorias a las de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, en el establecimiento penal que le señale el Tribunal de Ejecución, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 278 del Código Penal.
La parte dispositiva de esta sentencia fue leída en la Audiencia realizada el día 08 de Julio del año 2004, siendo expuestos oral.....