Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los ciudadanos YRIS DIEGO, ALBERTO SÁNCHEZ y RAFAEL ORDÓÑEZ, cédulas de identidad V-9.539.560, V-4.451.494 y V-7.533.402, respectivamente, asistidos por el abogado LUIS CRUCES TORREALBA, cédula de identidad V-7.098.138, Inpreabogado Nº 54.970, en los términos expresados en la parte motiva del presente fallo.
2. En consecuencia, SE ORDENA la restitución inmediata de los ciudadanos Yris Diego, Alberto Sánchez y Rafael Ordóñez como Concejales activos del Municipio Falcón, Estado Cojedes, por lo que deberán ser respectados con ese carácter por todos los demás integrantes del CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO FALCÓN, ESTADO COJEDES.