ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Privada, Abogada MARIA DEL ROSARIO LARA, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de Mayo de 2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le impuso al imputado EDUARDO ANTONIO PAICA RODRIGUEZ, Medida Privativa Preventiva de Libertad, de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal por encontrarse llenos sus extremos, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos y sancionados en el artículo 406, en relación con el artículo 82 todos del Código Penal.