Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial de la Sección Penal Adolescente de este Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara en Rebeldía Según lo previsto en el Articulo N° 617 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del adolescentes y Ordena la Captura del Sancionado IDENTIDAD OMITIDA, , en consecuencia líbrese la correspondiente Orden Captura ante los Organismos de Seguridad del Estado Ordenando que una vez Capturado el Joven IDENTIDAD OMITIDA, sea Puesto a la orden de este Juzgado, Primero de Ejecución de la Sección Penal Adolescente quien Procederá a fijar una audiencia a fin de escuchar al Adolescentes y Resolver sobre la Imposición de la Medida Ofíciese lo conducente registrase Publíquese y Cúmplase la presente decisión
La Jueza Titular Primero de Ejecución
Sección penal adolescente
Abg. Enialina Ruiz d.....