D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas para asegurarle a la ciudadana JENIFER CAROLINA TORRES JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.881.853, los ciudadanos ANTONIO JOSE TORRES JIMENEZ, CARMEN ELENA JIMENEZ DE TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.544.705, V-11.401.157, respectivamente, el adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V-26.882.635 y el niño Identificac.....