este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente SOLICITUD, intentada por los ciudadanos JUANA COROMOTO SÁNCHEZ, ROSELIANO ALBERTO SANCHEZ, EDGAR RAFAEL SÁNCHEZ Y ELSA MARINA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.525.972, 3.868.019, 4.196.002 y 4.603.337, respectivamente,