este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL Y ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el articulo 43 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa seguida al ciudadano hoy acusado ROSME ANTONIO ACUÑA RODRIGUEZ, venezonalo, titular de la cedula de identidad N° V-14.661.791, de 37 años de edad, natural de Cumana, Estado Sucre, nacido en fecha 23/05/1980, hijo de los ciudadanos Nelida Rodríguez y Luís Acuña (f), casado, residenciado en Cantarrana, Sector San José, casa n° 39, Cumana, Estado Sucre, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, prevista y sancionada en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en prejuicio de la ciudadana SONIA; por el lapso de UN (01) AÑO, y.....