TERCERO
En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara parcialmen-te con lugar la demanda incoada por el ciudadano GUSTAVO ANTONIO VARELA DIAZ contra la Sociedad Mercantil SASTRERIA TORINO S.R.L. ahora denominada ITALIAN STYLE C.A. -de las características que constan en autos- por concepto de prestaciones sociales; debiendo la parte demandada pagar la cantidad de dinero efectivo que resulte de la experticia complementaria del fallo practicada con la participación de un solo experto, designado por el Tribunal, conforme al Artículo 249 del Código de Pro-cedimiento Civil, quien realizará el cálculo de las prestaciones sociales, incluyendo los intereses sobre prestaciones y la indexación o corrección monetaria, d.....