En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido con solicitud de amparo cautelar, por el abogado JESÚS ENRIQUE BELANDRIA, actuando en su propio nombre, contra la COMISION DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACION DEL SISTEMA JUDICIAL, y en consecuencia, DECLINA la competencia para ante la SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA DEL TRIB