Ahora bien considera éste Tribunal que la solicitud hecha a este Despacho por parte de la Directora de dicho centro no puede ser concedida en virtud que no esta facultado por la norma adjetiva penal, sin embargo este Tribunal no objeta la concesión que bien puedan hacer a favor del residente siempre y cuanto Uds, manejen bien tal situación, en caso de ser así deben hacer la debida participación a éste Tribunal