este Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte LA HOMOLOGACION al DESISTIMIENTO, de conformidad con la norma contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Archívese el presente Expediente.-
El Juez Temporal,
Dr. Ramón Alvarez Suárez.
La Secretaria,
Abg. Yosglide Duin León.
En la misma fecha se ARCHIVO el expediente.-
La SEC.
EXPEDIENTE Nº 1601-10 CIVIL.
DEMANDANTES: RENATO RIVERO y PIERA ANGEL FAZI CASTIILO.
DEMANDANDO: PIERA ANGEL FAZI CASTILLO.
MOTIVO: DESALOJO.