Los razonamientos Legales anteriormente analizados se precisan que tampoco los procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Civil para ser
resueltos o tramitados por Jurisdicción Voluntaria son procedentes para proponer el reconocimiento de Contenido y Firma de un Documento Privado por lo que quien aquí Decide considera que los Documentos Privados anexos a la presente Solicitud, objeto de pretensión de reconocimiento en contenido y firma no pueden ser tramitado bajo la tutela de los procedimientos establecidos en la Jurisdicción Voluntaria Y ASÍ SE ESTABLECE.
QUINTO: En el caso de Autos el Solicitante no requirió que su petición se cumpliera siguiendo los tramites del Procedimiento Ordinario, bien sea, como quedo establecido en el particular primero, es decir, por no ser una pretensión propuesta incidentalmente en un Juicio; o de manera principal de conformidad con el Articulo 450 del Código de Procedimiento Civil, así mismo quedo estableci.....