De la revisión de las actuaciones realizadas en el asunto KP02-V-2011-0022365, mediante consulta realizada a través del sistema Juris 2000, se constata que el abogado Pastor José Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.365, actúa como apoderado de la parte actora en el juicio donde se originó el presente asunto.
Ahora bien en relación a la inhibición planteada por el Juez Oscar Rivero López de conformidad con lo establecido en el ordinal 20 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, lo cual le impide actuar con imparcialidad; es oportuno resaltar que el hecho de que el abogado Oscar Rivero, en su condición de juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se haya inhibido del conocimiento de la causa principal, por considerar que lo señalado por el abogado Pastor Mujica lesiona su fuero interno, lo cual incidiría en el ánimo de aproximación que pudiere tener en la causa a l.....