III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda por INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, intentada por el ciudadano LUIS RAMON MUJICA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.800.899, de este domicilio, contra los ciudadanos LIAN QIANG MO y YE WOS LEE WU, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-84.407.993 y V- 21.025.851 respectivamente, ambos de este domicilio.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 283 ibídem. Se acuerda notificar a la parte actora de la presente decisión. Líbrese boleta.
Publíquese, regístrese .....