Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por el ciudadano FARID DEL CRISTO ASSIA ACOSTA, extranjero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-81.816.473, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio ALFONSO DEL CRISTO VILLALBA ULLOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 189.551, en la solicitud que por TÍTULO SUPLETORIO, fuere incoada por el ciudadano FARID DEL CRISTO ASSIA ACOSTA, extranjero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-81.816.473, y de este domicilio, ello en razón a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Pr.....