Una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la presente solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal a las testigos promovidas por la mencionada solicitante, dejando a salvo los derechos de terceros. Conforme a lo tenor del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en efecto, Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar "ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA" a la ciudadana FRANCISCA CASTRO DE LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-395.940, en su condición de madre de la De Cujus NEYRA CRISTINA LEON CASTRO quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-4.455.561, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a la solicitante.