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DECISIÓN.
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE PARTICIÓN DE COMUNIDAD, intentada por Ciudadana BEATRIZ YANIRA CASTELLANOS EREU, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-4.723.465, contra los ciudadanos HENRY RAFAEL CASTELLANOS EREU y JACQUELINE PREPEDIGNA CASTELLANOS EREU, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad No. V-7.336.289 y V-7.424.717, respectivamente; en consecuencia se ordena la partición del bien inmueble casa y terreno propio que mide 33 Mts, de frente por 18,30 Mts, de fondo, con una superficie de SEISCIENTOS TRES METROS CON NOVENTA CENTIMETROS (603,90 M2), ubicada en la calle 33 entre carreras 16 y 17, Barquisimeto, Municip.....