PRIMERO: Condena al Ciudadano EULISES GARAY PÉREZ (supra identificado), actualmente recluido en el Internado Judicial Los Andes, a cumplir la pena de doce años de prisión como autor voluntario, penalmente responsable del delito de OCULTAMIENTO y TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES. Pena esta que será cumplida en el en el Internado Judicial Los Andes con sede en San Juan de Lagunillas, Estado Mérida, salvo decisión distinta del Juzgado de Ejecución competente. La presente condena se cumple tentativamente el día veintidós de octubre de dos mil dieciséis (22/10/2016); SEGUNDO: Condena al Ciudadano EULISES GARAY PÉREZ (ya identificado) a cumplir las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal: 1) Inhabilitación Política mientras dure la pena; y 2) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine. TERCERO: Se condena en costas al acusado; CUARTO: Se acuerda mantener la privación de libertad al.....