la cual ha sido fijada por la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs. 700,00), en los meses de Agosto y Diciembre ambos padres cubrirán por mitad los gastos de uniformes, útiles escolares, estrenos y juguetes, por otro lado, se comprometen a cancelar los gastos de medicinas, atención médica, recreación, el padre tiene como benefiarios a sus hijos en una póliza de seguros; así mismo el padre se compromete a comprar semanalmente los pañales y mercado los cuales enviará con la abuela paterna ciudadana María Ignacia Yépez, y a pagar por mitad la guardería de la niña equivalente a la cantidad de Bs. 165,00 y la mensualidad del colegio del niño que equivale a la cantidad de Bs. 30,00. Las referidas cantidades de dinero serán depositadas los últimos de cada mes en una cuenta de ahorros que abrirá la madre en la entidad de ahorros en Banfoandes, a nombre de la ciudadana Anyis Daiyan Peña Hidalgo, en beneficios de los hermanos PIÑERO PEÑA y a la orden del Tribunal; y por cu.....