DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Octavo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Primero: Hacer la Entrega Plena del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano Gustavo Ramón Torres titular de la cedula de identidad Nº V- 7.560.729.Segundo: Oficiar al Estacionamiento LA CONCORDIA, que por decisión de esta misma fecha se acordó la Entrega Plena del vehículo CLASE: REMOLQUE, MARCA: FABRICACION NACIONAL, MODELO: LOS LLANOS, COLOR: NEGRO, TIPO: BATEA, PLACAS: A17AR4G, AÑO: 1999, SERIAL DE CARROCERIA: S523E138, al ciudadano Gustavo Ramón Torres titular de la cedula de identidad Nº V- 7.560.729. Igualmente se hace entrega de los documentos originales del vehiculo dejando en su lugar copia certificad de los mismos. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.