Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA, EL DESISTIMIENTO, realizado por la ciudadana Milagros del Valle Galicia Rivero, asistida por el abogado Pedro Gil Burgos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.219, y los ciudadanos Ricardo José Ocando y Ramón Fortea.
En consecuencia se da por terminada el presente procedimiento, y se acuerda el archivo del presente expediente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los veintidós (22) días del mes de noviembre del dos mil seis (2.006). Años: 196 de la Independencia y 147 de la Federación. (mery).-
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. EDUARDO YUG.....