En orden a los razonamientos expuestos y vista que la accionada no logró desvirtuar totalmente lo alegado por el trabajador reclamante éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
DESISTIDO, el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos JUAN DE MATA TORREALBA, y OTORS contra las sociedades de comercio TABLEROS INDUSTRIALES C.A. (TABLICA), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el Nº 9, Tomo 19-A, de fecha 01 de julio de 1977 y contra TABLEROS INDUSTRIALES DEL CENTRO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 16 de octubre de 1992, N° 43, Tomo 38.....