Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 04 de julio de 2007, por la abogada Eunice Romero, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 28 de junio de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por cumplimiento de contrato, interpuesto por la ciudadana Zuleida Bohórquez de Rodríguez, quien actúa en nombre y representación del ciudadano Henry Wilmer Bohórquez Velásquez, contra la firma mercantil Proseguros S.A. (antes Rescarven C.A). Quedó así REVOCADO el auto apelado. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.