Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Juzgado de Sustanciación ADMITIÓ DEFINITIVAMENTE la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con acción de amparo; ORDENÓ la notificación de los ciudadanos FGR, DIRECTOR GENERAL (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS (INH), a la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS a la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS, a la SUPERINTENDENCIA DE ACTIVIDADES HÍPICAS (SUNAHIP), a la ASOCIACIÓN De Propietarios de La Rinconada y a la PGR; ORDENÓ librar cartel de emplazamiento a los 3eros interesados; INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para practicar las notificaciones ordenadas; y, ORDENÓ remitir el expediente judicial a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la LOJCA.