REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, veintidós de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : GP02-L-2004-001123
Visto que en el día 20 de diciembre del año en curso compareció por ante este despacho el ciudadano Gerardo Alejos, quien asistido de abogado manifestó al tribunal estar conforme con la transacción realizada con la empresa Nueva Panadería Los Nisperos, C.A, es por lo que este Tribunal observando que la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, la homologa y la misma tendrá efecto de cosa juzgada.
El Juez
El Secretario
Abg. Emilia Yrureta Ortíz