Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano ROLANDO HUMBERTO CONTURSI GOLINDANO, titular de la cédula de identidad No. 4.460.040, nacido en Valle de la Pascua Estado Barinas, el 3-07-1953, de años 52 de edad, hijo de Ernestina Golindano y de Rolando Contursi, grado de instrucción bachiller, domiciliado en Urbanización Trigal Norte, Calle Libra, residencias Marina, 5to piso apto 5-B, Valencia Edo. Carabobo, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Art. 3 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo, en el establecimiento penal que determine el Juez de Ejecución, eximiéndolo del pago de las costa.....