Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la Acción intentada, por el ciudadano ROBERT ENRIQUE ALVAREZ representado en este acto por la Procuradora Especial de Trabajadores abogada CELSA MARIBEL NARTINEZ, condenándose a la demandada COOPERATIVA V.P.I.23.R.L. a paga la cantidad de SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE CON CINCO CENTIMOS (BS.774.519,05), que comprende el total de conceptos discriminados en el libelo de la demanda. Se ordena indexar la suma condenada en esta causa por concepto de PRESTACIONES SOCIALES. Recondena en Costa a la parte demandada por resultar totalmente vencida, esto es aplicando el criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia que establece que las normas laborales son de orden público ,el sentenciador .....