Este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE. Notifíquese a la parte actora la presente decisión. Librese boleta de Notificación.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del
Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En El Tocuyo, a los veintitrés (23) días del mes de Enero del año 2.007. Año 196°
Independencia y 147° Federación.
El Juez Temporal,
Dr. Ramón Alvarez Suárez..
La Secretaria,
Abg. Yosglide Duin León.
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia, se .....