PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el presente Recurso de Apelación, interpuesto por la Abg. Maritza Gutiérrez Rivero, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano Rabel Eduardo Silva, contra la decisión dictada por la Juez de Control N° 5 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 13 de octubre de 2006 y fundamentada en fecha 17 de Octubre de 2006, mediante la cual Decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad de su defendido, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que lo que se pretendía con el mismo, resulta INOFICIOSO en este momento procesal, por cuanto se evidenció del oficio N° 711 de fecha 15 de Diciembre de 2006, suscrito por el Juez Quinto en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, así como de la revisión efectuada en el sistema informático Juris 2000, que en fecha 15 de Noviembre de 2006, el Juez de Juicio N° 3 de este Circuito Judicial Penal, CONDENO al ciudadano Rafael Eduardo Silva, por Admisión de He.....