Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Se ACUERDA la medida cautelar de suspensión de efectos de las Providencias Administrativas identificadas con las nomenclaturas 120114 de fecha 04 de Abril del 2.012 y 000978 de fecha 13 de Abril del 2.012, emanadas de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Carabobo, Dra. Olga María Montilla, adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, en los términos expuestos en este fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.