D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por el Abogado GILBERTO LEON ALVAREZ, actuando para este acto en su condición de apoderado judicial de la ciudadana FRANCIA AMARILIS LÓPEZ MEDINA, contra el auto dictado en fecha 20 de noviembre de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia, se REVOCA el auto dictado en fecha 20-11-2014, y se le ORDENA al Tribunal A-quo oír la apelación.
Remítase copia certificada de esta sentencia con oficio al Juez A-quo, y archívese la presente causa.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia pa.....