Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano JOSE FRANCISCO GONZALEZ, de la cédula de identidad Nº 5.385.620 en contra de la entidad de trabajo COLGATE PALMOLIVE, C.A. y se condena a cancelar la cantidad de Bs. 475.045,49), más lo que resulte de los intereses y de la corrección monetaria, dichos montos serán calculados con experticia complementaria del fallo una vez que quede firme la presente sentencia.