Primero: LA PERENCIÓN de la Instancia y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en la ACCION DE NULIDAD interpuesta por los ciudadanos JOSE ARTURO LOPEZ MONROY, EDGAR CLARET DELISO GUERRA y JOSE RAFAEL ALONZO LOPEZ, titulares de la cédula de identidad Nº V-4.030.748. V- 5.387.293 y V- 4.454.385 respectivamente, Inpreabogado Nro. 94.909, 39.991 y 31.065 en su orden, actuando como apoderados judiciales del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PROAGRO, C.A. (SINTRAPROAGRO)contra la Providencia Administrativa Nº 29, de fecha 15 de enero de 2004, emitida por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO VALENCIA, LIBERTADOR, SAN DIEGO, NAGUANAGUA, LOS GUAYOS, CARLOS AREVALO, BEJUMA MONTALBAN Y MIRANDA DEL ESTADO CARABOBO, por el cual se declaró con lugar la inscripción del Sindicato de Trabajadores de Empresas procesadoras de Aves, Sub-productos y sus derivados del Estado Car.....