Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano Franklin Ramon Vargas Álvarez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 17.516.947, asistido por el abogado Inbert Josue Diaz Vargas.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Franklin Ramon Vargas Álvarez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V- 17.516.947 y V.- 19.021.167, respectivamente, en fecha 19 de agosto de 2015, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Santiago Mariño, Parroquia Samán Guere, estado Aragua, según acta Nº 301, A.....