En consideración a todo lo anteriormente expuestos, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos, PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las abogadas LILIA RATTI y CARMEN OCHOA, en su carácter de Defensoras del ciudadano ANGEL SEGUNDO ALVAREZ PINEDA, contra la decisión de fecha 20-01-2005, dictada por el Juez N° 06 del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: SE NULA la decisión dictada por carecer de motivación, de conformidad con lo previstos en el artículo 173 en concordancia con el artículo 190 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ordena la realización de una nueva Audiencia Preliminar por un Juez distinto al que dicto el fallo anulado, de conformidad con lo e.....