DISPOSITIVO
En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Segundo de Juicio Primera Instancia del Trabajo Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA PRESCRIPCION Y PARCIALMENTE con LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana SONIA REQUENA DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 5.397.252 representado por los abogados JOSE ANTONIO SOTELDO Y FRANCYS ALFONZO Inscritos en el Inpreabogado bajo los números. 59.213 y 54.825 respectivamente en contra de la empresa D´LORENZ 2003. C.A Inscrita originalmente en el Registro mercantil del Distrito federal, bajo el Numero 68, tomo 763-A de fecha 16 -05-2003, representada por los abogados RAFAEL YGNACIO RIVERO, LUIS RAFAEL GODOY, DELMA DE ARMAS Y JEANNETT RUIZ inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 61.293, 94935