DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente decreta la cesación de la medida de privación de libertad a favor del joven ENDER PASTOR ARRIECHI, en virtud del vencimiento de la medida de Privación de Libertad, por la cual fue sancionado por el delito de Hurto Simple, previsto en el artículo 453 del Código Penal. Líbrese boleta de Libertad.
El Juez de Ejecución
Abog : Gerardo Pastor Arias La Secretaria de Sala