En Consecuencia, Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No.5, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Acuerda: Ordenar se libre la Orden de Aprehensión de los Ciudadanos;
JOSE ENRIQUE VELASQUEZ y NELSON ENRIQUE BALLESTERO GIL, titulares de las cédulas de Identidad Nos; 11.763.451 y 12.340.290 respectivamente. Asimismo una vez aprehendido los referidos ciudadanos, se fijara la audiencia correspondiente conforme a lo establecido en el artículo 130 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, Regístrese, Notifíquese, Librese los Correspondientes Oficios a los Cuerpos de Seguridad. Cúmplase lo Ordenado en auto. Notifíquese a la victima, téngase la presente decisión en complemento a la decisión de fecha; 07 de Febrero del 2007, de la causa Principal. De la presente decisión. Es todo, Notifíquese, Regístrese, Cúmplase lo ordenado.