DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir en el presente sobre el recurso de regulación de competencia planteado por la parte actora, con ocasión a la decisión dictada en fecha 17 de noviembre de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante la cual declaró su incompetencia para conocer de la pretensión de reconocimiento de unión concubinaria, y se ordena remitir el presente asunto ante uno de los Juzgados de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara, interpuesta la ciudadana por la ciudadana LILIANA ANTONIETA HERNÁNDEZ ÁLVAREZ, titular de la cédula de identi.....