Por lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE las medidas preventiva de embargo solicitada por la parte demandante, y así se establece.-
El Juez
Abg. Luis Ambrosio La Cruz Hernández
La Secretaría,
Abg. Josefa Carmona