Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 23/02/2018

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 1] Página 1 de 1
N° Expediente : GP21-L-2017-000251 N° Sentencia : PJ004-2018-000006 Fecha: 23/02/2018
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
NELSON LUIS DÍAZ FUENTES & ENTIDAD DE TRABAJO VENECIA SHIP SERVICE, C.A. Y SOLIDARIAMENTE A LAS ENTIDADES DE TRABAJO VENECIA SHIP SUPPLIERS, C.A. (VEPUCA), MARÍTIMA VENECIA, C.A. (MARVECA), LAMDA, C.A., Y VENEADUANA, C.A.
Resumen:
Visto el anterior iter procesal se advierte que de la revisión exhaustiva folio a folio del presente expediente no se evidenció que al abogado CARLOS RAFAEL JHONGE ZAVALA ya identificado, le fuere conferido poder alguno que lo facultare para actuar como apoderado judicial del ciudadano NELSON LUIS DÍAZ FUENTES también identificado en el presente juicio. Asimismo, a pesar de que en el ACTA de fecha 01 de noviembre de 2017 correspondiente al inicio de la audiencia preliminar, así como en las sucesivas prolongaciones se lee que supuestamente "comparece la parte actora, el ciudadano NELSON LUIS DÍAZ FUENTES (...) asistido por el abogado CARLOS RAFAEL JHONGE ZAVALA" (Resaltado de este Tribunal), lo cierto es que al inicio de la audiencia preliminar y subsiguientes prolongaciones sólo compareció el prenombrado abogado sin que se evidencie la comparecencia del actor, ya que el ciudadano demandante no firmó ninguna de las actas levantadas en el desarrollo de la audiencia preliminar. Igualmente.....
Juez/Ponente:
Zurima del Carmen Escorihuela Paz
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados