Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando
justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por por la ciudadana MONICA TRINIDAD LOPEZ NARVAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.046.968, asistida por el abogado en ejercicio MARIA GUTIERREZ, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nro. 256.232 por medio del cual realizaron formalmente la demanda de DIVORCIO en contra del ciudadano SALVADOR RAMON SEVILLA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.470.477, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial mediante inserción de acta de matrimonio ante la.....