Por estas razones este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta La libertad del Ciudadano: Marcos Antonio Hérnandez Gonzalez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.799.264 , residenciado en Barrio Pantano Abajo, Calle Miranda, Casa N| 04 entre Colón y Ayacucho, Coro, Estado Falcón y le impone de la medida cautelar sustitutiva prevista en el articulo 265 ordinal 3 del Código Organico Procesal Penal, con fundamento en los articulos 250 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Consistente en presentación periodica cada 15 días ante el Ministerio Público y la defensoría.. Librese la correspondiente boleta de libertad. Quedan notificadas las partes de la presente decisión y se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico a los fines de que continúe c.....