DECISIÒN
Por lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar, la presente solicitud. En consecuencia, se fija la cantidad de cuarenta mil bolívares (Bs. 40.000,oo) quincenales mas los gastos de medicina, médicos, vestido, uniformes, útiles escolares, recreación, cultura, deportes y cualquier otro que su hijo requiriese. En consecuencia se ordena oficiar con copia certificada de este fallo a la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara a los fines de que estampen en la respectiva partida de nacimiento del niño, la correspondiente nota marginal de reconocimiento.
Expídase una copia certificada por la Secretaria de este Tribunal a las partes interesadas y una para el archivo