DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos ya expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en NOMBRE DE LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS, LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA AUTORIDAD QUE CONFIERE LA LEY, declara: CON LUGAR, la DEMANDA, intentada por la ciudadana: ALBA JOSEFINA CORONEL DE RODRIGUEZ, madre de los niños omite, interpuesta en contra del ciudadano: ASDRUBAL JONAS RODRIGUEZ RODRIGUEZ y así se decide. En consecuencia, se condena al demandado, al pago de los siguientes conceptos: 1.- Por concepto de pensión de alimentos, la cantidad que corresponda al TREINTA POR CIENTO (30%), de su sueldo, salario o cualquier remuneración que perciba, para lo cual el ente patrono del demandado, efectuara la retención y lo remitirá a la brevedad a este Juzgado en cheque de gerencia, a nombre del JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO 2.- Al pago de una cantidad igual a la pensión de alimentos establecida en el punto.....